Publicado en
1 may 2025
MODELOS DE TOKEN (A / B / C) Y MARCO REGULATORIO (ARGENTINA)
Ubicación
Argentina
1. Propósito y Alcance
Esta sección describe, a nivel conceptual, tres configuraciones de tokens contempladas para estructuras vinculadas a proyectos mineros y resume sus principales implicancias regulatorias en Argentina. La clasificación regulatoria final depende del diseño específico del token, los derechos económicos asociados y la forma en que se ofrece y circula el token.
2. Descargos Legales y de Oferta
Este material se publica exclusivamente con fines informativos y educativos. No constituye (i) una oferta pública o privada, (ii) una invitación a realizar una oferta, (iii) una recomendación de inversión, (iv) asesoramiento legal, financiero, fiscal, o contable, ni (v) un compromiso para emitir, colocar o listar cualquier instrumento.
No se realiza ninguna oferta de valores negociables, activos virtuales o instrumentos financieros a través de este medio, y no se solicita a ninguna persona que tome decisiones de inversión basadas en este contenido.
La clasificación regulatoria definitiva de cualquier estructura depende de los hechos y del diseño específico (incluyendo, entre otros, el derecho económico representado, la homogeneidad/fungibilidad del instrumento, la existencia o ausencia de un mercado secundario, el método de distribución, el público objetivo, las restricciones de transferencia y la documentación contractual aplicable). La interpretación regulatoria puede variar dependiendo del caso y de la autoridad competente.
MineriumX puede requerir procesos de debida diligencia, incorporación, documentación contractual y/o validaciones de cumplimiento antes de permitir el acceso a información ampliada o a una Sala de Datos, cuando sea aplicable.
3. Tipologías de Tokens (A / B / C)
3.1. Token A — “Vinculado a Commodities”
Definición conceptual:
Un token vinculado a un commodity (por ejemplo, un mineral), concebido como una representación digital de un activo físico o de un derecho directamente asociado a ese activo.
Interpretación regulatoria (alto nivel):
Cuando el token se estructura como una representación de un derecho al activo físico (por ejemplo, derechos de propiedad o redención/entrega del commodity), puede aproximarse al concepto de un token de commodities.
El riesgo regulatorio aumenta cuando el token deja de representar un derecho al activo físico y en su lugar representa derechos de pago, exposición sintética a la variación de precios, o incorpora promesas/expectativas de retornos (por ejemplo, regalías, participación en ventas u otros beneficios).
Variables como la homogeneidad/fungibilidad, la expectativa de ganancias derivadas del esfuerzo de otros y la circulación generalizada (incluyendo la existencia o habilitación de un mercado secundario) son relevantes para evaluar si el token podría ser tratado como un valor negociable o contrato de inversión bajo el marco legal aplicable.
Implicación práctica:
Para el Token A, el diseño del derecho tokenizado y las condiciones de circulación son decisivos para la clasificación regulatoria.
3.2. Token B — “Vinculado a Flujos de Efectivo / Regalías”
Definición conceptual:
Un token que representa derechos a recibir pagos o participar en flujos económicos vinculados a un proyecto (por ejemplo, regalías, ingresos netos, futuros recibibles u otros derechos de crédito).
Interpretación regulatoria (alto nivel):
Por su naturaleza, esta configuración tiende a alinearse con la lógica de un contrato de inversión o un instrumento que representa derechos económicos dentro del marco de los mercados de capitales.
En la práctica local, las estructuras de esta naturaleza pueden presentar similitudes con esquemas de securitización, dependiendo de cómo se estructuran los flujos de efectivo, garantías y derechos de los inversores.
Implicación práctica:
Para el Token B, la definición del régimen de oferta (pública o privada), las restricciones de distribución y las condiciones de transferibilidad son generalmente centrales para estructurar el instrumento en cumplimiento con las regulaciones aplicables.
3.3. Token C — “Vinculado a Equidad / Deuda”
Definición conceptual:
Un token que representa equidad (acciones/intereses de propiedad) o deuda corporativa (por ejemplo, obligaciones negociables u otros instrumentos de deuda).
Interpretación regulatoria (alto nivel):
Este tipo de activo típicamente cae dentro del universo de los valores negociables.
Una oferta generalizada e impersonal puede constituir una oferta pública, sujeta a autorizaciones aplicables y requisitos regulatorios ante la autoridad competente.
Implicación práctica:
Para el Token C, la clasificación como un valor negociable y el régimen de oferta aplicable son elementos estructurales.
4. Conclusiones de Clasificación Regulatoria
Los Tokens B y C presentan una alta probabilidad de caer bajo el régimen de valores negociables, dada la naturaleza de los derechos económicos subyacentes (flujos de efectivo/derechos de crédito en B; equidad/deuda en C).
Para el Token A, la clasificación puede variar: cuanto más cerca esté de un derecho directo al commodity físico o redención, menor será el riesgo; cuanto más incorpore derechos de pago, rendimiento o exposición sintética al precio (y/o circulación generalizada), mayor será el riesgo regulatorio.
Incluso cuando un token califica como un valor negociable, su comercialización puede estructurarse sin una oferta pública, a través de un régimen de oferta privada, siempre que se cumplan las condiciones aplicables (alcance, inversores objetivo, restricciones de divulgación y otros criterios relevantes).
5. Tabla Comparativa
Dimensión | Token A (Vinculado a Commodities) | Token B (Vinculado a Flujos de Efectivo / Regalías) | Token C (Vinculado a Equidad / Deuda) |
Lo que representa | Commodities/activo físico o un derecho directamente asociado al activo físico | Derechos de crédito y/o flujos económicos de efectivo (regalías, ingresos netos, futuros recibibles) | Equidad o deuda corporativa (acciones/intereses de propiedad, obligaciones negociables u otros instrumentos) |
Riesgo regulatorio relativo | Variable (depende del diseño) | Alto | Alto |
Factores que incrementan el riesgo | Derechos de pago; promesas/expectativas de retorno; exposición sintética al precio; homogeneidad/fungibilidad; circulación generalizada; mercado secundario | Divulgación amplia; homogeneidad; expectativa de ganancia por esfuerzos de terceros; diseño de flujo de efectivo/garantía; transferibilidad | Oferta generalizada/impersonal; divulgación masiva; falta de restricciones compatibles; características inherentes de valores negociables |
Foco de cumplimiento clave | Diseño del derecho tokenizado + reglas de circulación | Régimen de oferta (pública vs. privada) + restricciones de divulgación/transferibilidad + documentación contractual | Régimen de oferta y autorizaciones aplicables + documentación y divulgación |
Enfoque de estructuración | Definir si es un derecho al activo físico/redención o un derecho económico/financiero | Definir condiciones de colocación, elegibilidad de inversores, transferibilidad y divulgación | Definir vehículo, documentación, divulgación y régimen de colocación |
6. Alcance de la Publicación y Actualizaciones
Este contenido se publica como un marco general. La documentación específica de cualquier estructura (incluyendo términos, riesgos, limitaciones a la transferibilidad, modalidad de colocación, derechos de los inversores, garantías, eventos y mecanismos de ejecución) se establecerá, cuando sea aplicable, en documentación contractual y/o en una Sala de Datos bajo acceso controlado.